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Expertos VIU

Trabajo infantil: impacto psicológico e implicaciones legales. Los expertos de VIU responden

Emilio Vivallo-Ehijo
  • La OIT y Unicef alertan de que por primera vez en dos décadas aumenta el trabajo infantil en el mundo. El COVID19 Amenaza con frenar el progreso logrado en las décadas recientes.
  • Para conocer más sobre el impacto de esta problemática consultamos con dos docentes expertos de VIU: la Dra. Rebeca Diego Pedro, doctora en Psicología y Julián García Payá, abogado asociado principal de la práctica de Derecho Laboral de Garrigues.

 

Si nos guiamos por la visibilidad mediática que tiene, el trabajo infantil puede parecer un problema casi pretérito, algo más propio de los años de la revolución industrial y que actualmente se limita a zonas en que la pobreza es extrema. Sin embargo, un reciente informe de Naciones Unidas nos señala una realidad muy diferente: Se estima que ya hay 152 millones de niños en situación de trabajo infantil, de los cuales 72 millones realizan trabajos peligrosos. Aunque la gran mayoría de estos niños son de países en vías de desarrollo, en Europa y Asia Central hay 6 millones de niños en estas condiciones. Otro informe, más reciente aún, elaborado por UNICEF y la OIT eleva esta cifra a 160 millones e indica que en los últimos cuatro años han aumentado en 8,4 millones los niños que se ven forzados a trabajar y además señala que nueve millones de niños más corren el riesgo de verse abocados a la realización de trabajo infantil como consecuencia de la pandemia para finales de 2022.

Por ello, y con ocasión de la celebración del Día Mundial contra el Trabajo Infantil, quisimos indagar más en las ramificaciones de este problema, específicamente en las consecuencias psicológicas e implicaciones legales que tiene. Con este fin contactamos con Rebeca Diego Pedro, doctora en Psicología y docente del Máster Oficial en Psicología en la Infancia y Adolescencia de VIU y Julián García Payá, abogado asociado principal de la práctica de Derecho Laboral de Garrigues y docente del Grado en Derecho de VIU.

¿Qué implicaciones psicológicas puede tener el trabajo infantil en los menores?

Dra. Rebeca Diego Pedro: El trabajo infantil puede tener serias implicaciones en la salud física y mental de menores. Según datos de algunas organizaciones, más de 160 millones de niñas, niños y adolescentes son víctimas del trabajo infantil en todo el mundo. Los contextos donde trabajan son mayoritariamente hostiles y violentos, además suelen estar lejos del cuidado y protección de sus familias. Crecer en ambientes de estas características, donde abunda el trabajo forzado, la desesperanza y el abuso, es un factor de riesgo para sufrir psicopatologías y problemas del desarrollo tanto en edad infantil como en etapas posteriores de la vida.

¿Qué derechos se ven vulnerados cuando un menor de edad trabaja?

Julián García Payá: La Convención sobre los derechos del niño considera niño a todo ser humano menor de dieciocho años de edad, salvo que según la ley de un Estado se permita alcanzar antes la mayoría de edad. Asimismo, en su articulado, esta Convención reconoce el derecho del niño a estar protegido contra la explotación económica y contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o atentar contra los derechos a la educación y a la salud, o que sea perjudicial para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social. Y para ello, prevé que los estados deberán adoptar medidas legislativas, administrativas, sociales y educacionales para garantizar esta protección de los niños.

¿Cómo influye en el proceso de educación y socialización del menor el hecho de que sea obligado a trabajar y dejar de asistir a las aulas?

Dra. RDP: Influye negativamente. La familia es el entorno primario de la socialización. En tanto que muchas de las niñas y niños que trabajan lo hacen lejos de su hogar o sin el cuidado de su familia, carecen de figuras primarias de afecto y protección. Además, los entornos de trabajo infantil son hostiles y no hay una cobertura de las necesidades básicas de la infancia como son el cultivo de un vínculo de apego seguro, la atención a necesidades afectivas, necesidades de seguridad y necesidades de ajuste en alimentación y sueño. Esto acarrea complicaciones en el desarrollo y la socialización.

La escuela, por su parte, es el entorno secundario de socialización. Un lugar donde disfrutar de su infancia, jugar, aprender y relacionarse con compañeras, compañeros y profesorado de forma sana. Ir a la escuela les permitiría formarse para su presente y su futuro, a fin de trascender sus limitaciones contextuales y socioeconómicas.

¿Qué consecuencias puede tener el trabajo infantil en su vida adulta a futuro?

Dra. RDP: Como consecuencias biológicas, este tipo de adversidad afecta, entre otros, a los sistemas nervioso, endocrino e inmunológico. De esto se derivan problemas de salud como enfermedades respiratorias, problemas cardiovasculares y metabólicos, así como enfermedades crónicas y oncológicas. En cuanto a consecuencias en su salud mental, destacan los problemas de adaptación, traumas, psicopatologías relacionadas con ansiedad y depresión, trastornos de estrés post traumático y adicciones.

¿Existen algunas leyes universales que castiguen este tipo de delitos? O ¿Cada país tiene su propia legislación?

JGP: La Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, prohíbe el trabajo infantil, entendido éste como el trabajo de los niños con una edad inferior a la que concluye la escolaridad obligatoria. Por otro lado, respecto a los niños admitidos en el trabajo se establece que deberán existir condiciones de trabajo adaptadas a su edad y que permitan una protección del menor frente a cualquier tipo de trabajo que pueda ser perjudicial, de nuevo, para su seguridad, salud, su desarrollo físico, moral o social, intentando igualmente garantizar su derecho a la educación.

En esta línea, la Convención sobre los derechos del niño insta a los Estados a fijar una edad mínima para trabajar, a disponer de una reglamentación apropiada de los horarios y condiciones de trabajo y estipular penalidades u otras sanciones apropiadas. Esto hace que cada país tenga su regulación específica.

En el caso de España, siendo que la edad de enseñanza obligatoria alcanza hasta los dieciséis años, el Estatuto de los Trabajadores prohíbe expresamente la admisión al trabajo de los menores de esta edad. Mientras que respecto a las personas de entre dieciséis y dieciocho que vivan de forma independiente, sólo se permite su contratación con consentimiento de sus padres o tutores, o con autorización de la persona o institución que les tengan a su cargo.

En concreto, respecto a los menores de entre dieciséis y dieciocho años, la normativa laboral prevé una regulación específica en algunas condiciones laborales, precisamente en aras a garantizar sus derechos.

Por ejemplo, se prohíbe que los menores de dieciocho años puedan realizar trabajos nocturnos (que son los comprendidos entre las 22:00 y las 6:00 horas), que puedan realizar horas extraordinarias o desempeñar aquellas actividades o puestos de trabajo en los que existan riesgos específicos para ellos. Y en este sentido, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, regula que antes de la incorporación al trabajo de menores de dieciocho años el empresario debe efectuar una evaluación de los puestos de trabajo a desempeñar, con el objetivo de determinar la naturaleza, el grado y la duración de su exposición, en cualquier actividad susceptible de presentar un riesgo específico al respecto a agentes, procesos o condiciones de trabajo que puedan poner en peligro la seguridad o la salud de los menores. También se prevé que los menores de dieciocho años no puedan realizar más de ocho horas diarias de trabajo efectivo o que el descanso semanal sea como mínimo de dos días interrumpidos, siendo que el descanso mínimo para el resto de los trabajadores es de un día y medio.

Desde una perspectiva psicológica y educativa ¿Qué intervenciones o acciones hay que realizar tanto a nivel colectivo como individual para prevenir el trabajo infantil?

Dra. RDP: El trabajo infantil se desencadena por una serie de variables que coexisten tales como la situación de pobreza y/o conflicto, movimientos migratorios, situación de orfandad, explotación infantil y desescolarización. Es un problema complejo en el que entran en juego factores económicos, sociales, geográficos y políticos. Por tanto, su abordaje requiere de un conjunto de actuaciones organizadas. Es fundamental que las instituciones dinamicen las acciones colectivas mediante políticas y legislación que verdaderamente atiendan a los derechos de la infancia-adolescencia. También es crucial la escolarización de menores; sistematizar protocolos para que las escuelas y organizaciones de atención a menores y familias puedan informar, evaluar y ofrecer alternativas que favorezcan la inserción de niñas y niños en programas educativos. En cuanto a acciones individuales, revisar nuestros hábitos de consumo y comprometernos con un consumo ético y responsable dado que detrás de muchos de los productos que adquirimos hay empresas que fomentan el trabajo infantil.

¿Qué medidas se pueden aplicar desde el punto de vista legal para prevenir el trabajo infantil? ¿A tu juicio qué habría que mejorar o cambiar de estas medidas? ¿Crearías otras nuevas?

JGP: Los Estados deben continuar adoptando las medidas necesarias para prevenir el trabajo infantil y, al mismo tiempo, garantizar los derechos de los menores que, según la normativa específica de aplicación, puedan acceder al trabajo.

En este sentido, son diversas las medidas que se proponen desde los diferentes organismos internacionales que pueden aplicarse de uno u otro modo según las características de cada país, el nivel de pobreza en cada Estado o el tipo de normativa que pueda existir.

Pero desde el punto de vista estrictamente laboral, y más allá de garantizar el acceso a una educación de calidad, se deberían tratar de fomentar las políticas de empleo con el objetivo de garantizar la ocupación a los adultos responsables de los menores y en unas condiciones óptimas que permitieran o que pudieran conllevar a que los hijos menores de estos adultos pudieran acudir a la escuela sin tener una necesidad perentoria de iniciar su vida laboral para ayudar a la economía familiar.

Otras medidas encaminadas a garantizar los derechos de los menores, o en su caso compatibilizar su acceso al mundo laboral con el respeto al derecho a la educación, podrían consistir en fomentar la creación de puestos de trabajo, jornadas u horarios, a tiempo parcial, que permitieran a los menores compaginar sus estudios con la prestación de servicios en la empresa, y sin que en ningún caso se pusiera en peligro su derecho a la salud y a la seguridad o su bienestar.

Y en línea con todo lo anterior, es importante que por el legislador se tenga en consideración la evolución del mercado laboral y los nuevos tipos de empleo que comienzan a emerger con el uso de las nuevas tecnologías y las apps, tratando de adecuar la normativa laboral a estos nuevos puestos de trabajo y sus condiciones laborales en el trabajo de los menores. Y ello con la finalidad de que en todo momento la legislación se muestre acompasada con la nueva realidad del mundo laboral y su impacto sobre los menores.

Asimismo, será igualmente necesario impulsar los mecanismos de control, por parte de las autoridades laborales, respecto a la forma en que se desarrollan estos nuevos empleos por parte de los menores, en la medida en que, al ser novedosos y no desarrollarse a veces en centros de trabajo específicos, puede resultar más dificultoso su control y dar lugar a abusos ocultos por parte de los empleadores.

¿Qué medidas terapéuticas son más efectivas, a tu juicio, para tratar los efectos psicológicos que el trabajo infantil tiene sobre un/a niño/a?

Dra. RDP: Se necesitan medidas terapéuticas específicas. El trabajo infantil podría englobarse dentro de lo que en psicología se conocen como experiencias adversas en la infancia. Numerosas investigaciones ponen de manifiesto que la adversidad en la infancia es un problema de salud pública. Sus consecuencias no solo se presentan en etapa infantil sino también en la adolescencia y en la edad adulta. Como medidas efectivas en el abordaje de la adversidad infantil se recomienda la atención psicológica especializada. Destacan los resultados positivos obtenidos por las intervenciones interdisciplinares con profesionales de diferentes áreas de la salud, así como intervenciones sistémicas que impliquen a las familias. Sin embargo, este campo de estudio es relativamente reciente y tenemos la responsabilidad de seguir investigando y trabajando para conocer las mejores intervenciones.

Emilio Vivallo VIU
Emilio Vivallo-Ehijo

Equipo de Comunicación de la Universidad Internacional de Valencia.