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Empresa

IV Jornadas Internacionales de PRL

Acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el trabajo.

Introducción

El próximo 26 de octubre de 2023, a las 18:00h (hora España peninsular) ; 11:00h (hora Perú), tendrán lugar las IV Jornadas en Prevención de Riesgos Laborales. Inscripción necesaria. Recibirás el mismo día del evento un enlace para acceder a la sesión online.

El tema central de las IV Jornadas en Prevención de Riesgos Laborales de la Universidad Internacional de Valencia de será el acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el trabajo.

  • El acoso sexual en el trabajo (sexual harassment) se define como cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo.
  • El acoso por razón de sexo se refiere a cualquier comportamiento realizado en función del sexo de una persona, con el propósito o el efecto de atentar contra su dignidad y de crear un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo

Tal como señala el Gobierno de España, todas las empresas, sean del tamaño que sean, tienen la obligación de promover condiciones de trabajo que eviten la comisión de delitos y otras conductas contra la libertad sexual y la integridad moral en el trabajo, incidiendo especialmente en el acoso sexual y el acoso por razón de sexo, incluidos los cometidos en el ámbito digital.

El European Working Conditions Telephone Survey 2021 (EWCTS) encontró que, en promedio, el 12,5% de los trabajadores de la UE experimentaron algún tipo de comportamiento social adverso en el trabajo en 2021, sin embargo, la proporción de mujeres que experimentaron un comportamiento social adverso en el trabajo fue consistentemente mayor que la de los hombres. Según este estudio, las mujeres tienen 3,6 veces más probabilidades que los hombres de sufrir atención sexual no deseada. Es más, la probabilidad de que una mujer joven (entre 18 y 34 años) denuncie atención sexual no deseada es tres veces mayor que la de los hombres de la misma edad y 10 veces mayor que la del grupo de hombres de mayor edad (más de 50 años).

En concreto en España, según la Macroencuesta de Violencia Contra la Mujer 2019 realizada por la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, un 17,3% de mujeres trabajadores señala haber sufrido del acoso sexual en el trabajo.

Es por ello relevante debatir sobre este tema, tan importante a nivel laboral para los trabajadoras y trabajadores. Es imperativo que las políticas públicas aborden la necesidad de mejorar la calidad del empleo. Tanto la prevención como la protección –incluido el apoyo a las víctimas– son fundamentales.