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El “presunto” peligro de las nuevas tecnologías. ¿Regulamos?

Equipo de Expertos en Jurídico

Nadie puede negar que la irrupción de las nuevas tecnologías en nuestras vidas es cada vez más intenso, influyente y sin duda que hasta necesario, lo que nos lleva a plantearnos donde está la línea entre un uso responsable y cuando podríamos hablar de un uso patológico.

La Organización Mundial de la Salud, ya nos advierte de que un uso inadecuado o excesivo de las nuevas tecnologías puede ser dañino para nuestra salud mental, ya que una de cada cuatro personas tienen problemas relacionados con el abuso de las nuevas tecnologí­as y en particular, en España esa cifra ronda el 15% de la población, cuyo porcentaje es mayor, en torno al 18 %, entre jóvenes de 14 a 18 años.

Así por ejemplo se observa un crecimiento en todos los segmentos del juego online, el cual se ha incrementado un 19,6% el número total de jugadores activos, siendo la mayoría de los jugadores hombres y el 87% tiene entre 18 y 45 años, siendo los jugadores de entre 36 y 45 años los que más gastan (500 euros mensuales).

Es evidente y notorio que estos resultados reflejan la preocupación por el aumento del uso patológico de Internet, medios digitales y redes sociales, así como el papel de las nuevas tecnologías como facilitadores del acceso y potenciadoras de conductas adictivas, especialmente del juego de apuesta online entre adolescentes, los cuales se encuentran demasiado influenciados por la publicidad agresiva.

Todo ello ha hecho saltar todas las alarmas, en aras a evitar un mayor incremento, lo que ha dado lugar a que el Ministerio de Sanidad anunciase como novedad, las primeras actuaciones frente a la adicción a las nuevas tecnologías y el juego como parte de la Estrategia Nacional de Adicciones aprobada en febrero de 2018 por el Consejo de Ministros, que comienza a valorar la necesidad imperiosa de dar luz verde a una nueva e innovadora regulación normativa.

No obstante, antes que regular en la limitación y en la prohibición, se debería educar a todos los integrantes de la sociedad, en un uso adecuado que lleve a un autocontrol, mediante una pronta regulación en el ámbito educativo y preventivo de los potenciales riesgos derivados del uso excesivo de las nuevas tecnologías.

Para ello debemos separar el uso excesivo de las tecnologías de una posible adicción o trastorno, ya que no todo uso excesivo es una adicción en términos psiquiátricos, ni da lugar a un grado de trastorno.

Sin duda que el patrón de todas las adicciones, ya sea tabaco, alcohol, drogas, y en éste caso particular las nuevas tecnologías es parecido, existe en la persona una imperiosa necesidad de consumo, cuya privación genera adicción, lo que evidencia trastornos de conducta.

Un claro ejemplo de lo que estamos hablando nos lo encontramos en nuestro día a día, ¿Cuánto tiempo somos capaces de estar sin mirar el teléfono móvil para ver si nos ha entrado un correo electrónico, whatsApp ….? O es más ¿Si nos dejamos el teléfono móvil en casa, volvemos imperiosamente a por él?.

Cada uno que conteste a las preguntas, pero es evidente que sin darnos cuenta, un porcentaje muy elevado de la sociedad, es dependiente de las nuevas tecnologías, y de ahí que necesitemos un autocontrol, para evitar que su uso se convierta en una adicción.

Es claro que en la esfera personal, cada uno es libre para el uso que quiere darle, pero debemos advertir que ello puede tener consecuencias en nuestro ámbito laboral, claramente relacionado con nuestro rendimiento laboral.

Sin duda es cada vez más frecuente que los teléfonos móviles personales estén en las mesas de los trabajadores, con lo que la atención a los mensajes de WhatsApp, al Facebook, Instagram y llamadas de teléfono afectan sin lugar a dudas negativamente en el trabajo.

Si bien es cierto que no existe una regulación específica para esta situaciones, nuestro ordenamiento jurídico sí que permite establecerla a través de distintos cauces como puede ser el de la negociación colectiva y también el de la implementación por parte del empresario de políticas, protocolos e instrucciones que limiten el uso del móvil o similar durante las horas de trabajo.

Por tanto, llegamos a la conclusión de que el objeto no es la abstinencia, ya que las tecnologías aportan beneficios, pero si es necesario un control a la supervisión del tiempo de uso.

Francisco Javier Peiró Pellicer  

Profesor del Máster Universitario en Abogacía y Práctica Jurídica de la VIU